Con fundamento a todos los principios y normas antes referidas, es por todo, que este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua con Sede en La Victoria, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley, da por consumado el desistimiento, en consecuencia lo homologa y ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo.-