este JUZGADO SÉPTIMO PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida POR EL PUEBLO DE VENEZUELA, declara: PRIMERO: Se HOMOLOGA el acuerdo celebrado por las partes, contenido en esta acta de fecha 19/12/2011, de conformidad con los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 11 del Reglamento de la misma y en consecuencia declara el carácter de cosa juzgada. SEGUNDO: Visto el acuerdo alcanzado se ordena el cierre y archivo del expediente y su remisión al archivo judicial para su resguardo y custodia. TERCERO: Se acuerda en este acto la devolución del caudal probatorio consignado por las partes en la audiencia preliminar inicial. CUARTO: No hay condenatoria en .....