El tribunal en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público homologa el acuerdo de las partes, dándole efecto de cosa juzgada, y una vez conste en autos el cumplimiento total del acuerdo y con cada una de las obligaciones suscritas, se ordenara el cierre y archivo del expediente. Finalmente la ciudadana Jueza, ordeno la lectura integra de la presente acta transaccional quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.) del día de hoy, treinta (30) de noviembre del año dos mil seis (2006). Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.