IV. DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la decisión proferida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 1 de Granadilla de Abona, España, en fecha 3 de febrero del 2011, N° 1255/2010, y apostillada en fecha 17 de febrero de 2022, producto de la procedencia de la solicitud de exequátur formulada por la ciudadana ALICIA ROSANA ROA PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.092.377, representada por el abogado DONATO VILORIA, Inpreabogado Nro. 30.869.
No hay pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de la presente sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, de conformidad a lo señalado en el.....