El Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, oídas las intervenciones de las partes, acuerda emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admitir la Acusación presentada por la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Aragua, contra el Ciudadano ONESIMO JESUS MALUENGA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 8.625.397, soltero, parquero, residenciado en: Santa Rita, Calle Saraza, N° 33, Estado Aragua, natural de Calabozo Estado Aragua, nacido en fecha 08-11-63, por la comisión del delito de VIOLACION AGRAVADA EN FORMA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 374, Numerales 1° y 4°, concatenado con los artículos 375 y 99 del Código Penal Venezolano, con la aplicación del agravante establecido en el artículo 217 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y el Adolescente, así como los medios probatorios ofrecidos por la Representante Fiscal, dada su licitud, necesidad y pertinencia, ad.....