En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos : PRIMERO: Se decreta la aprehensión como Legitima. SEGUNDO: Se acuerda DECLINAR LA COMPETENCIA al Juzgado Cuarto de Control Área Metropolitana de Caracas AMC, por cuanto el ciudadano FRANKLIN ENRIQUE MONTES LUGO, presenta solicitud ante dicho tribunal, según Oficio N° 543, de fecha 30-07-2019, por el delito de Estafa, según la Causa N° 4C-13.315-18. TERCERO: Se acuerda MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines que sea presentado ante su juzgado natural CUARTO: Se acuerda trasladar al ciudadano FRANKLIN ENRIQUE MONTES LUGO A LA BREVEDAD POSIBLE, al Juzgado Cuart.....