este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA a los acusados: 1) CARLOS LUIS REINOSO ALVAREZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-17.472.727, de 31 años de edad, nacido en fecha 19-08-1986, estado civil: soltero, profesión u oficio: comerciante, residenciado en: MARIARA URBANIZACIÓN CUISAL CALLE NUMERO 03, CASA NUMERO 25, ESTADO CARABOBO, a cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Para el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sa.....