En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal PRIMERO de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano HÉCTOR RAFAEL COLMENARES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.025.705; fue encontrado NO CULPABLE y por ende ABSUELTO, de los hechos que le imputare el Ministerio Público por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal HECTOR RAFAEL COLMENARES, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-21.025.705; fue encontrado NO CULPABLE y por ende ABSUELTO, de los hechos que le imputare el Ministerio Público por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 348 del Código Orgán.....