En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos FRANKLIN AUGUSTO SIMOZA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-7.215.719, nacido en fecha 17-07-1958, de 63 años de edad, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: URBANIZACION EL LAGO II, CON MADRE MARIA, LOS SAMANES, EDIFICIO 7D, APARATAMENTO 741, PISO 3, ESTADO ARAGUA, teléfono: 0424-325-49-83, de la comisión del delito de EXTORSION, previstos y sancionados en los artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión. SEGUNDO: Se mantiene la libertad del ciudadano FRANKLIN AUGUSTO SIMOZA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-7.215.719 o.....