este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: KENI ENRIQUE RIVAS CARRIZO, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-11.982.524, nacido en fecha 01-09-1973, de 43 años de edad, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: COROPO, RESIDENCIAS LAGUNA COROPO III, PISO 02, APARTAMENTO 02-01, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION mas la multa del 50% del valor de la cosa dada o prometida, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal Vene.....