DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA: al ciudadano: Ciudadano DÍAZ MENDEZ JOSÉ RAMÓN, titular de la cédula de identidad N° 14.241.638, de profesión y oficio chofer, residenciado en la Urb. Las Rosas, calle Las Rosas, casa N° 47, el Consejo del Estado Aragua, a cumplir la pena de nueve (15) años de prisión mas las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de VIOLACION BAJO AMENAZA PRESUNTA previsto y sancionado en el artículo 374 Ord. 1° con la circunstancia agravante de abuso de confianza establecida en el artículo 375 del Código Penal. La pena la cumplirá en el lugar y forma que el Juez de Ejecución competente determine, de conformidad con el artículo 479 del C. O. P. P. Asimismo se exonera del pago de las costas procesales según sentencia núme.....