este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: JOHAN JOSE LOMBANO DIAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-19.207.337, de 30 años de edad, nacido en fecha 21-11-1987, estado civil: soltero, profesión u oficio: Mototaxi, residenciado en: BARRIO LAS BRISAS, PRIMERA CALLE, CASA SIN NUMERO, MAGDALENO, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, por encontrarlo culpable en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el articulo 84, ambos del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, PRIVACION ILEGIT.....