En razón de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento de la causa seguida en su contra de los ciudadanos DUIRKA DEL CARMEN ARÉVALO REVERON, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-18.853.904, y JESÚS ENRIQUE MERCADO NAVARRO, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-18553.624, por la presunta comisión del delito de INVASIÓN, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ISKIA CECELYS MERCHÁN LÓPEZ, conforme a lo establecido en el artículo 471-A parte infine del tercer aparte del Código Penal que regula los efectos de la eximente de responsabilidad penal, en concordancia con el artículo 304 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena el cese de todas le .....