Con base en las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en Función de Primero de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA sustituir la medida de privación de libertad que actualmente pesa sobre la imputado CESAR DAVID JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.406.353, de las características personales de autos, por una menos gravosa bajo las siguientes condiciones:
1. La presentación cada (8) días por ante la oficina del alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.
2. La prohibición de salir de la jurisdicción del Estado Aragua.
3. Quedando bajo la vigilancia de la Ciudadana ADELA JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.215.327, con residencia en el Barrio La Coromoto, sector Torre Bolivariana, calle Aroa N° 26, Maracay Edo. Aragua, quién es su progenitora y deberá cuidar de que el acusado de autos se presente cada 8 días por ante la oficina de alguacilazgo, así com.....