Este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Aragua en función de Tercero de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN a la ciudadana: DAHELI ASDRUBELIS CORDERO CASTILLO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-20.960.994, Venezolano, natural de San Juan de los Morros - estado Guarico, domiciliado en CALLE NEPTALI CABRERA, CALLEJON Nª 2, VEREDA UNICA, CASA Nª 6, SECTOR LAS MERCEDES, VILLA DE CURA, MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA, ESTADO ARAGUA donde se encuentra bajo arresto domiciliario, quien fue CONDENADO ANTICIPADAMENTE, por el Juzgado Décimo de Control, en fecha 17/09/2019 a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICE NECESARIO, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1 en concordancia con el articulo 84 todos del Codigo Penal, más las penas accesorias previstas .....