Esta Juzgadora de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano JOSE IBAN PERNIA GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.618.186, asistido por el abogado en ejercicio JULIO CESAR GUERRERO, inpreabogado N° 167.993, contra su cónyuge, la ciudadana EVA MARIA RIVAS MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.669.189; en consecuencia DISUELTO el Vínculo Conyugal contraído en fecha 10 de febrero del año 1977, por ante la la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, quedando asentado en el libro respectivo de Matrimonios llevados por ese Despacho du.....