Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la oposición realizada por la parte demandada VANESSA LEON DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-25.066.515, asistida por la abogada Yuliana Obando, Inpre No. 99-702, en fecha 05 de Marzo de 2021, contra las pruebas promovidas por la actora en los Capítulo I, particulares PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y QUINTO.SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Se deja constancia que la presente decisión se dictó dentro de lapso, por lo que a partir del día de despacho siguiente al de hoy continúa la causa en el estado de evacuar pruebas.
Dado, Fi.....