Este Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE, por extemporánea, la oposición efectuada por la co-apoderada de la parte demandante, abogada en ejercicio KATIUSCA SUHAYS GARCIAS VACCA, inscrita en el Inpreabogado Nº 99.298, actuando en nombre y representación de ciudadana CARMEN YAJAIRA CASTILLO, suficientemente identificada en autos, a la admisión de pruebas promovidas por la parte demandada. SEGUNDO: Se condena en las costas de la incidencia a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida.