Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con Sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Lamas del Estado Aragua.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha treinta y uno de marzo del dos mil veintidós (31-03-2022), entre los ciudadanos: YNGRID JOSEFINA FORT SEGOVIA y CARLOS MANUEL ACOSTA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad Nros V-18.851.055 y V-20.109.918, actuando a favor de la menor LLAH SOFIA ACOSTA FORT, de un (01) año de edad, respectivamente, con domicilio en el Municipio.....