Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN celebrada en el presente Juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) en los términos expuestos por las partes, y ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-