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Decisiones del dia 03/03/2005

Formato:  Ficha  Lista

Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 493-2005 N° Sentencia : 0037-2005 Fecha: 03/03/2005
Procedimiento:
Obligación Alimentaria
Partes:
SOLICITANTE: DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO(A) Y DEL ADOLESCENTE “GONZALO ENRIQUE DÍAZ PLAZA” MUNICIPIO LIBERTADOR, ESTADO ARAGUA; OBLIGADO: HERNAN JOSÉ ORELLANA MENDEZ
Resumen:
En vista de lo aquí expuesto este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: que es competente para conocer de la presente causa, ordena formar expediente, y darle el curso legal correspondiente, asignándosele el N° 493-2.005. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: Homologa la Conciliación, de fecha 22 de Febrero de 2005, como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares alcántara de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los tres (03) días del mes de Marzo del año dos mil cinco. Años l94° de la Independencia y 145° de la Federación. Publíquese.-
Juez/Ponente:
Blanca Lucía Pirela Hernández
Organo:
Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
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N° Expediente : 482-2005 N° Sentencia : 0038-2005 Fecha: 03/03/2005
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
DEMANDANTE: HEMERITA ACEVEDO FERNANDEZ; DEMANDADA: ORLANDO GUERRERO
Resumen:
De la lectura de la diligencia arriba mencionada, se observa que la parte demandada solicita la regulación de la jurisdicción, sin que haya mediado ninguno de los tres supuestos antes señalados, lo cual se evidencia de las actas procesales, por lo que al no mediar pronunciamiento de esta juzgadora respecto a su falta o no de jurisdicción, se declara improcedente la solicitud de la regulación de la misma. Y así se declara. SEGUNDO: Igualmente solicita el accionado la regulación de la competencia, sin expresar las razones o fundamentos de dicho alegato, tal como lo exige el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, pero por cuanto se ejerce como medio de impugnación a la decisión interlocutoria que declaró sin lugar la cuestión previa fundada en el ordinal 1° del artículo 346 ejusdem, opuesta por el mismo, alegando la incompetencia de este tribunal, en razón de la materia, para conocer de la presente causa, se ordena de conformidad con el mencionado artículo 71, remitir la solici.....
Juez/Ponente:
Blanca Lucía Pirela Hernández
Organo:
Municipios Libertador Y Francisco Linarez Alcantara
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