".... Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos YUSMARY JACKELYN URRUTIA Y DIONEL JAVIER MÉNDEZ ROMÁN titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.926.470 y V-11.922.712, respectivamente, asistidos por la abogada ARMENIA GODOY en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.321. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante La Prefectura de la Parroquia Carache, Municipio Carache, Estado Trujillo, en fecha 27 de junio de 1998, lo cual consta Nro de Acta: 09, Folios: 012 al 013, Año: 1998.