"...Por las razones y consideraciones que anteceden, de conformidad con lo pautado en el Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 269 ejusdem, este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia extinguido el proceso que por Cobro de Bolívares (vía intimación), incoara EMILIA YRUETA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 24.516, actuando en nombre y representación del ciudadano CARLOS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-5.277.963, en su condición de presidente de la Sociedad Mercantil AFIMACO, C.A., contra la ciudadana DHONNELLYS BLANCO, Identificada con la cédula de identidad N° V-13.356.750...."