Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos NELLY JOSEFINA CASTILLO LUGO y JUAN BAUTISTA PERERA RODRÍGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-7.270.129 y V-7.218.935, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada MARLIN GARRILLO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 155.161. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Aragua, en fecha 12 de diciembre de 1987, tal y como consta en copia certificada de acta de matrimonio, anotada bajo el Nro. 422, año 1987, Tomo IV, Folio 000080.
No adquirieron bienes.
En cuanto.....