Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos DAVID JOSE RAMOS MARCANO Y NAILYN YAMILETH LEAL SOTO venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-15.845.675 y V-16.435.000, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada NEREIDA DE LOURDES ALBANO RODRÍGUEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 55.989. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara, del Estado Aragua, en fecha 29 de diciembre de 2005, anotado bajo el Nº 360, Folio 97, Tomo 4D, Año: 2005.
No procrearon hijos.
No adquirieron bienes.
Déjese copia certifi.....