"... , remitido por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, anexo oficio signado con el Nro. 5MS/1000/12 de fecha 12.07.2012, quien declino la competencia, mediante auto de igual fecha, en razón del territorio, por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Civil, asume la competencia de la misma.