PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de fijación de obligación de Manutención, incoada por la ciudadana YHONNIELYS MAIRY FOCA YÉPEZ titular de la cédula de identidad Nro. V-16.106.008, debidamente representada por las ciudadanas YUDY AREVALO ARIZA, NIESTBER GARCIA y ARGELIA VITALES venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.101.954, V-13.612.756. y V-14.627.256 respectivamente y de este domicilio, en sus carácter de Consejeras Principales del Consejo de Protección de Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Libertador del Estado Aragua, contra el ciudadano ENMANUEL ENRIQUE HERRERA LEAL titular de la cédula de identidad N° V-16.993.708.
SEGUNDO: se ordena retener el treinta por ciento (30%) sobre el monto del salario fijo mensual devengado por el aludido demandado, el cuál será incrementado en la oportunidad en que el salario le sea incrementado, cuyo monto devengado para esta fecha es la suma de DOS MIL OCHO BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 2.008,00), rep.....