Es por lo que este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA Resulta Incompetente Por La Materia para conocer de dicha acción; considerando que los Juzgados competentes para conocer de este procedimiento ordinario contencioso de NULIDAD DE MATRIMONIO intentada por el ciudadano ELIOPERCIA MAGALIS RAMOS NIETO, antes identificada contra el MARLON DEIBIS NIÑO PEREZ,son los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, por lo que este Tribunal declina el conocimiento de la presente causa, a dichos juzgados. Y así se decide.
Vencido el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, y firme como se encuentre la presente decisión, remítanse las presentes actuaciones en su forma original al Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, mediante ofic.....