Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos EDDI ENRIQUE CURRETYS Y JOSEFINA DEL CARMEN MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.656.642 y V-10.459.330, respectivamente, asistidos por el abogado ELIO TOCUYO abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 71.714. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante por ante La Prefectura del Municipio Crespo Dtto. Girardot del Estado Aragua, el 16 de marzo del año mil novecientos ochenta y tres (1983), acta N°: 242, Tomo Nro.: 2, Año: 1983.