Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante contra la decisión de fecha 06 de Diciembre de 2011, proferida por el Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaró Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso, en el juicio que por prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue el Ciudadano JORGE MARRUFO, plenamente identificado en autos, contra GUARDIANES PROTECTORES, C.A (GUARPROTEC). No se condena en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítans.....