Visto el escrito de Reforma del Recurso de Nulidad, consignado por el Abogado LUIS ALBERTO PEREZ CASTILLO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.065, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, ADMITE la presente REFORMA presentada, por cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el Artículo 343 del Código de Procedimiento Civil, y haciendo uso de las atribuciones que le confiere la Ley como rectora del proceso conforme a lo establecido en los Artículos 6 y 11 ejusdem, en concordancia con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en aras de garantizar la existencia de un procedimiento que asegure el derecho de defensa de las partes y la posibilidad de una tutela judicial efectiva.- En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 eiusdem, se ordena notificar a los ciudadanos Fiscal Superior del Estado Aragua, Gerencia Estadal de Se.....