Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 06 de octubre de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral con sede en Maracay. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada Entidad de Trabajo CELOVEN, C.A, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este Circuito Judicial Laboral con sede en Maracay. TERCERO: SE MODIFICA la decisión apelada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana RUD ALEJANDRA BOLIVAR, titular de la cédula de identidad No.17.576.280 contra la Entidad de Trabajo CELOVEN, C.A; se condena a la demandada a cancelar a la actora la suma de BOLIVARES CUARENT.....