Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante ciudadana GLADYS MARELBA EIZAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 7.217.678, a través de su apoderado judicial, abogado ZUNNER MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.191, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de diciembre de 2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada en los términos antes expuestos y se ordena la continuación del proceso.- No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-