Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de marzo de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada en los términos antes expuestos, y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana OFELIA GUERRERO, identificada supra y se condena a la demandada LENNY ESTRADA ALTA PELUQUERIA III, C.A, identificada en autos, a cancelar a la parte actora la cantidad de Bs.31.944,71 por los conceptos laborales establecidos en la motiva de la presente decisión, mas las c.....