Este Juzgado Segundo Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de nulidad ejercido por la parte recurrente en nulidad Sociedad Mercantil DELILUSO, C.A, contra el acto administrativo de certificación N° 007-14 de fecha 14 de Enero de 2014, dictado por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Aragua (Geresat-Aragua), mediante la cual, certifica que la que la ciudadana FLOR YELITZA VIVAS OSORIO , presenta una Hernia discal C6-C7 con síndrome comprensivo C5, ( Código CIE10: M50.1) y Hernia Discal Posterior L4-L5 con radiculopatia ( Código CIE10: M51.1), considerada como Enfermedad ocupacional agravada con ocasión del trabajo, que le ocasiona al trabajador, una Discapacidad Parcial y Permanente.