En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, el recurso de casación anunciado por la parte demandada, en contra de la sentencia proferida en fecha 12 de Diciembre de 2018, por este Tribunal Superior.
Publíquese, regístrese, déjese copia y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los 07 días del mes de Enero de 2019.
EL JUEZ SUPERIOR,
_____________________________
ABG. JUAN CARLOS BLANCO M
EL SECRETARIO
_________________________
ABG. JOSE NAVA
En esta misma fecha, siendo las 9:50 am, se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO,
_________________________
ABG. JOSE NAVA.