En consecuencia, en virtud de lo anteriormente expuesto, se ordena la Reposición de la Causa y remisión inmediata del presente asunto al JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, al estado que deje transcurrir íntegramente el lapso legal correspondiente para el ejercicio del recurso de apelación y vencido el mismo, se remita el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) a los fines de su redistribución, todo ello, a los fines de salvaguardar el derecho de la defensa de las partes y garantizar la consecución de los fines fundamentales del proceso. Así se decide.
LA JUEZ SUPERIOR,
ANGELA MORANA GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
MARIANA QUINTERO UTRERA
AMG.....