este Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 15 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano JOSVIC LUIS VALERO MENDOZA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nos. 9.663.859, contra la sociedad mercantil la Sociedad Mercantil BAHIA PRODUCCIONES & PUBLICIDAD C.A, ut supra identificada. TERCERO: No se condena en costas a la parte apelante conforme a lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal .....