Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 07 de junio de 2013, publicada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con sede en Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada en los términos antes expuestos y en consecuencia se declara prescrita la acción interpuesta y SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RUBEN DARIO RODRIGUEZ RONDON, titular de la Cedula de Identidad Nro. 8.692.325, contra las sociedades mercantiles MANPOWER DE VENEZUELA C.A, y la empresa CORP BANCA C.A, BANCA UNIVERSAL, ut supra identificadas, por concepto de Cobro de Indemnizaciones proveniente de accidente de trabajo. TERCERO: No se condena en costas dada la natural.....