este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por las partes accionantes contra la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: CONFIRMA el referido fallo en los términos antes expuestos, mediante el cual se declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos OSWALDO HERNÁNDEZ, PEDRO CASTILLO, ÁNGEL ESCORIHUELA, VALENTÍN GONZÁLEZ, ÁNGEL PÍRELA, BAUDILIO MARRERO, ROBÍN ACACIO, EDGAR DÍAZ, HILDA YRIARTE Y MAURO GONZÁLEZ, titulares de la cedula de identidad Nro. V-3.284.576, V-4.569.777, V-5.276.358, V-5.407.286, V-5.860.960, V-6.075.668, V-7.182.518, V-7.191.945, V-7.206.325 y V-7.232.154 respectivamente, contr.....