En virtud de las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 06 de julio de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ESMERALDA JOSEFINA HERNANDEZ AREVALO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.346.494 por Cobro de Prestaciones Sociales en contra de la Sociedad de Comercio NUEVA CERAMICA ARTESANAL MARACAY C.A., identificada en autos, por lo que se condena a la demandada a cancelarle a la parte.....