Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación ejercida por la sociedad mercantil CATAI, C.A., contra la decisión dictada en fecha 23 julio de 2017, por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo
y Estabilidad del estado Aragua, la cual declaró Con Lugar el recurso contencioso de anulación y declaro la nulidad por ilegalidad del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, en el expediente Nº 00142-2000, de fecha catorce de noviembre de 2000, que declaro con lugar la solicitud Calificación de Faltas interpuesta, en consecuencia se RATIFICA su contenido.