este Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 20 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Aragua. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada y en consecuencia, se REPONE LA CAUSA al estado de celebración de la audiencia preliminar inicial en el presente asunto sin necesidad notificación las partes ya que estas se encuentran a derecho para lo cual, el Ciudadano Juez deberá tomar las previsiones a objeto de garantizar la comparecencia de las partes.- TERCERO. Dada la naturaleza de la presente decisión no se condena en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remí.....