Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por la apoderada judicial del INSTITUTO DE PREVISIÓN DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (IPP.UCV), abogada en ejercicio SAIRI MONTAÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.941, contra la sentencia de fecha 30 de marzo de 2017 dictado por el tribunal a quo, que declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 00275-13 de fecha 03 de junio de 2013 por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS ATANASIO GIRARDOT, MARIO BRICEÑO IRAGORRY, SANTIAGO MARIÑO, FRANCISCO LINARES ALCANTARA, COSTA DE ORO y LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA, mediante la cual declaró con lugar el r.....