Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de octubre de 2009, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en La Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada pero bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia, SE DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano RAMÓN JOSÉ VALERO, Cedula de identidad Nos. 9.324.905, y se condena a la demandada COMPAÑÍA VENEZOLANA DE CERAMICAS C.A. (VENCERAMICA), debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda .....