este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN, interpuesta por el Abogado DONATO VILORIA, inscrito en el lnpreabogado bajo el Nro. 30.869, en contra de la Jueza la Jueza MÓNICA CHAVEZ PEREZ a cargo del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: De conformidad lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por no haber resultado temeraria la presente recusación, se impone al abogado DONATO VILORIA, una multa equivalente a diez (10) Unidades Tributarias, la cual debe ser cancelada en el lapso de tres (03) días hábiles siguientes a la reproducción de la presente decisión, por ante cualquiera oficina receptora de Fondos Nacionales para su ingreso en la Tesorería Nacional, me.....