En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el Juez Dr. JOHN HAMZE SOSA, a cargo del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue la ciudadana GENNIS ISABEL ECHEVERRIA PANTOJA, contra la empresa CORPORACIÓN DIGITEL C.A.
Publíquese, regístrese déjese copia.
Remítase copia certificada de la presente decisión al Ciudadano Juez inhibido para su conocimiento y control por medio de oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los 13 días del mes de abril de 2010.- Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación.-