este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 24 de Octubre de 2013, proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. Queda así confirmada la anterior decisión, que declaro Con lugar la falta de cualidad alegada por la codemandada AGROPECUARIA PRODUCTOS AVICOLAS NACIONALES PRONACA C.A: y Sin Lugar la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos siguen los Ciudadanos HERNAN HERRERA, VICENTE MENDOZA, LANDI HERRERA Y LEONARDO HERRERA, plenamente identificados contra COOPERATIVA LOS GRANOS DE LA VEGA, COOPERATIVA RINCON R.S y AGROPECUARIA PRODUCTOS AVICOLAS NACIONALES P.....