Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION interpuesta por la parte demandada contra de la decisión dictada en fecha 12 de marzo de 2012 dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la Victoria. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano NARCISO SEGUNDO MEDINA, titular de la Cedula de Identidad Nº: 7.693.067, y se condena a PLAZA DE TORO LA ESPAÑOLA, a cancelar a la parte actora la cantidad de NOVENTA Y DOS MIL TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (BS.92.034,69) por los conceptos laborale.....