Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 30 de junio de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Aragua, con sede en Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la anterior decisión apelada, pero, bajo la motivación de esta Alzada y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO RENGIFO GARRIDO, titular de la Cedula de Identidad N°: 10.341.472, contra CENTRO DE ALMACENES CONGELADOS, C.A. (CEALCO), filial de PRODUCTORA Y DISTRIBUIDORA VENEZOLANA DE ALIMENTOS S.A. (PDVAL), supra identificada. TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, regístres.....